Las mujeres que hoy llegan al Concejo de la ciudad, y en general a los cargos públicos de decisión y poder deben: ...
Es
importante considerar que las mujeres que hoy llegan al Concejo de la ciudad,
lo hacen en parte, como efecto de la aplicación de las legislaciones de cuotas
de género y de paridad, que han sido aprobados por los parlamentos de distintos países del mundo, constituyéndose en poderosos instrumentos de
inclusión de las mujeres en las listas de los partidos, movimientos y
colectividades políticas, que han sido histórica y tradicionalmente
patriarcales y excluyentes; herramientas que son el resultado de la presión del Movimiento
social mujeres y una conquista del feminismo de la igualdad.
En
este sentido, es fundamental que las mujeres que llegan a estos cargos públicos
de poder y decisión, estén informadas y reconozcan que los ocupan como
consecuencia de la lucha y la acción política de las mujeres organizadas; sean
conscientes y sensibles frente a la situación de desigualdad y
discriminación de las mujeres por razón de su sexo; y estén convocadas a asumir
las agendas, los intereses y las propuestas de las mujeres, con el fin de
avanzar hacia la disminución de las brechas de inequidad, que les impiden el acceso
al desarrollo.
En
Colombia, la Ley 1475 de 2011 “Por la cual se adoptan reglas de organización y
funcionamiento de los partidos y movimientos políticos…” incluye un articulado
de género, que obliga a incluir un 30% de cuotas de género en las listas de cinco o más
personas, favoreciéndose de esta manera la participación de las mujeres.
Contiene además en su artículo 17, de la financiación estatal de los partidos y
movimientos políticos, un numeral que reconoce un 5%, distribuido por partes
iguales entre las
colectividades en proporción al número de mujeres elegidas en las corporaciones
públicas, así como los obliga a que una parte de los recursos provenientes de
la financiación estatal sean utilizados para la efectiva participación de
mujeres y otras poblaciones discriminadas, teles como la población joven y las
minorías étnicas.
La
legislación de cuotas es parte del reconocimiento de la mitad de la población: las mujeres, quienes históricamente han
sido excluidas de los espacios de toma de decisión y de poder en la democracia.
La implementación de esta ley refrenda que tanto hombres como mujeres tienen
derecho a participar como sujetos políticos para el ejercicio de la función pública y la
gobernanza, por lo anterior dar cumplimiento a esta legislación debe ser un
compromiso del gobierno local.
Aunque
la legislación de cuotas marca un hito en la promoción y avance de la
participación política de las mujeres y representa un esfuerzo de los Estados
en el logro de su igualdad, rompiendo estereotipos culturales que les impiden
el acceso a las estructuras del gobierno; es necesario seguir avanzando en
términos de paridad, definida esta como una verdadera repartición de los cargos
públicos y de representación, que terminaría con la poca representación de las
mujeres. La paridad, en este sentido,
implica compartir entre hombres y mujeres los cargos de decisión y poder, un
50-50 ó por lo menos tener variaciones pequeñas que no alcanzan el 10%, lo
anterior respondiendo al principio de igualdad, que debe estar presente en
cualquier democracia.
“Lo único realmente
nuevo que podría intentarse para salvar la humanidad en el siglo XXI es que las
mujeres asuman el manejo del mundo. No creo que un sexo sea superior e inferior
a otro. Creo que son distintos, con distancia biológicas insalvables, pero la
hegemonía masculina ha malbaratado una oportunidad de diez mil años”
Gabriel García Márquez,
1992
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